Presentación de una rectificación del modelo 100 en MsRenta.

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Si una vez presentada la declaración del IRPF el contribuyente advierte errores u omisiones en los datos declarados que le hayan causado perjuicio, puede presentar una rectificación de su autoliquidación.

También puede ocurrir que al introducir los datos el resultado de la declaración no varía, en estos casos también hay que presentar la rectificación.

¿Cuándo se puede presentar la solicitud de rectificación de una autoliquidación del IRPF?

  • Una vez presentada la correspondiente declaración.
  • Siempre que la Administración tributaria no haya practicado liquidación definitiva o liquidación provisional por el mismo motivo.
  • Es necesario que no haya transcurrido el plazo de cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación, o desde el día siguiente a la presentación de la declaración se ésta se presentó fuera de dicho plazo.

¿Cómo debemos proceder en la aplicación de renta MsRenta?

El proceso en la aplicación MsRenta sería el siguiente:

1.-Duplicar la renta original, de tal forma que la declaración inicial no sería modificada, para así realizar los cambios sobre la nueva declaración generada.

Para ello entramos en la declaración de la renta presentada y cuando salga la pantalla con el resultado de la declaración original, le damos al signo +. El programa le avisa que se va a crear una declaración complementaria nueva, que si desea trasladar todos los datos de la declaración anterior, le diremos que sí, y ya sobre esta nueva declaración se deben hacer los cambios necesarios.

El programa marca de forma automática la casilla 122 de la pagina 3; casilla que tendrá que desmarcar ya que no se trata de una declaración complementaria.

2.-Cumplimentar las modificaciones necesarias de la declaración presentada. De esta forma comprenderá además de los datos reflejados en la autoliquidación originaria, los de nueva inclusión o modificación.

3.-Marcar casilla 127 de la página 3.

4.-Por último, debemos entrar en la pagina 18 e indicar el resultado a ingresar de anteriores autoliquidaciones o liquidaciones administrativas correspondientes al ejercicio 2018 (casilla 681), o bien la devolución solicitada inicialmente (casilla 682). También deberá hacerse constar en la casilla 686 el número de justificante de la autoliquidación cuya rectificación se solicita, así como el número de cuenta en el que se desea recibir la devolución.

Al tratarse de una declaracion con rectificacion de autoliquidación no pueden aparecer importes en las casillas 676/677/680, si aparece algun datos, deben entrar en el resumen y borrar los importes de las casillas.

 

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