Modificaciones introducidas en los Contratos a Tiempo Parcial

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Con el objeto de impulsar la Contratación a Tiempo Parcial, el RD Ley 16/2013, de 20 de Diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, introduce diversos cambios en esta modalidad de contratación.

Los cambios más destacados en los contratos a tiempo parcial son:

1. Desaparece la posibilidad de que los trabajadores contratados a tiempo parcial puedan realizar horas extraordinarias, salvo en los supuestos previstos en el art. 35.3 del E.T.

 

No se tendrá en cuenta, a efectos de la duración máxima de la jornada ordinaria laboral, ni para el cómputo del número máximo de las horas extraordinarias autorizadas, el exceso de las trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, sin perjuicio de su compensación como horas extraordinarias”.

 

2. Se modifica también  el régimen de las horas complementarias, de modo que se reduce el plazo de preaviso para la realización de tales horas y se incrementa el número de horas  complementarias que pueden realizarse. Se establece una distinción entre las horas complementarias pactadas, de realización obligatoria para el trabajador cuando haya firmado el preceptivo pacto, y las voluntarias, que únicamente pueden ser ofrecidas por la empresa en los contratos que tengan una duración indefinida y son realización voluntaria por parte del trabajador.

 3. Además, solo cabe realización de horas complementarias si la jornada ordinaria establecida en el contrato es de al menos diez horas semanales.

 4. Por último, se establece una obligación de registro de la jornada de los trabajadores a tiempo parcial:

  “La jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias a que se refiere el apartado 5.

 El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.”

 Debido a estos cambios, se ha introducido una modificación en la aplicación de Msnomina, para poder obtener el informe detallado de las horas realizadas por el trabajador en un mes y acompañarlo a la nómina.

Para ello, emitidas las nóminas, el usuario accederá a Listados \ Diarios \ Diario de CTP., desde donde indicaremos la empresa, el mes y los trabajadores de los que se desea obtener el registro y marcaremos el check de Mostrar detalle diario de Horas Trabajadas.

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Dicho informe también podrá ser emitido junto con la nómina del mes, marcando la opción de Adjuntar a la nómina el Justificante de Horas Trabajadas:

En este informe se desglosan diariamente las horas trabajadas normales y las horas complementarias, y por otra parte en los totales del informe se indican las horas en periodos de incapacidad temporal, vacaciones, etc.

Debido a estos cambios, se ha modificado también la gestión de las Horas Complementarias.  Hasta ahora, el usuario que informa horas complementarias al trabajador, lo mecanizaba directamente en la ficha del trabajador, mecanizando el importe total de horas del mes. A partir de este cambio se ha de acceder al Diario de Horas CTP e indicar las horas complementarias realizadas en cada uno de los días correspondientes.

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Otro cambio importante introducido en los contratos a tiempo parcial, en este caso por el Real Decreto Ley 1/2014, de 24 de enero , de reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas, es en referencia a la cotización de Desempleo.

El artículo  Undécimo, en su apartado Dos, establece:  “Con efectos desde 1 de enero de 2014, el primer párrafo del articulo 128. Diez.2ª).b)2º. Queda redactado como sigue:

2º. Contratación de duración determinada a tiempo parcial: el 8.30 por 100, del que  el 6.70 por 100 será a cargo del empresario y el 1.60 por 100 a cargo del trabajador.”

Estos cambios lo ha de hacer el usuario, por lo que tiene que acceder a Auxiliares\ Seguridad Social \ Aportaciones a la Seguridad Social.

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Seleccionamos el ejercicio 2014/01 y marcamos la tabla de D.D.T.P

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